Calculadora Salarial

Consultoría en seguridad y salud en el trabajo Bogotá y todo el país

Herramienta gratuita · Reforma laboral 2026

Calculadora de horas extras
y recargos 2026, día por día
y con la ley en la mano

Registre la jornada de cada día del mes y obtenga la liquidación de horas extra, recargo nocturno y recargo dominical con la explicación normativa de cada valor, bajo la jornada de 42 horas de la Ley 2101 de 2021 y los recargos de la Ley 2466 de 2025. Sirve para turnos rotativos.

Parámetros actualizados el 16 de agosto de 2026

Parámetros legales vigentes

Valores que la calculadora aplica por defecto según la fecha seleccionada.

$1.750.905

Salario mínimo 2026 (Decreto 1469 de 2025)

$249.095

Auxilio de transporte 2026

42h

Jornada semanal desde el 15 de julio de 2026

210

Divisor mensual de la hora ordinaria

7:00 p.m.

Inicio de la jornada nocturna

90%

Recargo dominical y festivo vigente

El salario mínimo y el auxilio de transporte se fijan cada año por decreto. La jornada semanal y el recargo dominical cambian a mitad de año por la Ley 2101 de 2021 y la Ley 2466 de 2025. Verifique el valor vigente en cada liquidación.

Código Sustantivo del Trabajo
Ley 2466 de 2025
Ley 2101 de 2021
Ministerio del Trabajo
01

Parámetros del mes

Configure el salario y el periodo a liquidar

La calculadora sugiere la jornada semanal, el valor de la hora ordinaria y el auxilio de transporte según la fecha elegida. Los tres campos quedan disponibles para ajustarlos si su empresa opera bajo condiciones distintas.

Parámetros globales

Tope semanal de lunes a domingo. Todo lo que se trabaje de más, sin importar en qué día caiga, se liquida como hora extra.
02

Registro diario

Jornada trabajada por día

Sirve para turnos rotativos: solo registre la hora de inicio y de fin de cada día. El sistema acumula las horas semana a semana, de lunes a domingo, y apenas se supera la jornada semanal configurada empieza a liquidar el resto como hora extra, sin importar cómo se hayan distribuido los turnos entre los días. Dentro de cada hora también separa lo diurno de lo nocturno. Haga clic en la flecha para ver la explicación de cada día.

03

Liquidación

Resumen del periodo

Devengado, deducciones de ley y neto a pagar, calculados en tiempo real.

Salario base (mes completo)–
Total recargos y horas extra –
Auxilio de transporte–
Total devengado–
Salud (4 % del IBC)–
Pensión (4 % del IBC)–
Días con jornada registrada–
Horas ordinarias del periodo–

Neto a pagar

$ 0

Salario base más recargos y auxilio de transporte, menos los aportes a salud y pensión.

04

Auditoría pedagógica

Cómo se explica cada peso liquidado

Un concepto solo aparece aquí si hubo horas registradas en esa categoría durante el periodo. Cada uno indica qué es, por qué se clasifica así, cómo se calculó y el artículo que lo sustenta.

Nota metodológica. Las horas extra se calculan por semana, no por día: la calculadora suma cronológicamente lo trabajado de lunes a domingo y, apenas se supera la jornada semanal configurada, liquida el resto como extra, sin importar en qué día caiga. Esto asume que existe un acuerdo escrito de jornada flexible entre las partes (artículo 161, literal c, del Código Sustantivo del Trabajo). Si su empresa no tiene ese acuerdo, el tope legal es de 8 horas diarias, y cualquier hora que lo supere en un mismo día se liquida como extra así la semana no llegue al tope semanal; en ese caso, contáctenos para adaptar la calculadora a un umbral diario. Esto sirve para turnos rotativos, donde la jornada diaria varía. Las semanas que quedan partidas entre dos meses, o entre las dos quincenas si liquida por quincena, solo acumulan los días visibles en el periodo seleccionado. El valor de la hora ordinaria se obtiene dividiendo el salario mensual entre el divisor que corresponde a la jornada semanal vigente (jornada ÷ 6 × 30), que con 42 horas equivale a 210 horas al mes. Las horas que caen dentro de la jornada ordinaria ya están pagadas por el salario mensual, así que de ellas solo se liquida el recargo adicional que ordena la ley; las horas extra sí se pagan completas más su recargo, porque están por fuera de la jornada. El salario y el auxilio de transporte de una quincena son siempre la mitad del valor mensual, sin importar cuántos días tenga esa quincena en el calendario; el «valor del día» que se muestra junto a cada fecha es el salario mensual dividido en 30, la convención estándar en Colombia, por lo que el día 31 no suma un valor de base adicional y solo genera pago si ese día se registró un turno con extra o recargo. El auxilio de transporte se activa automáticamente cuando el salario ingresado es igual o menor a 2 salarios mínimos, y se recalcula cada vez que cambia el salario, el mes, el año o el periodo; puede desmarcarlo o marcarlo manualmente para un caso puntual (por ejemplo, un pacto colectivo), y ese ajuste se mantendrá hasta el siguiente cambio en esos cuatro campos. Se paga completo en mes completo, o la mitad en quincena, sin prorratearse por los días con turno registrado dentro del periodo. El descanso no remunerado se descuenta desde el punto medio del turno. Esta calculadora es una herramienta de apoyo y no reemplaza la revisión de un profesional de nómina para casos con salario integral, incapacidades, licencias, ausencias no remuneradas u otros conceptos no contemplados aquí.

Preguntas frecuentes

Horas extra y recargos en 2026, en corto

¿Cuánto vale la hora ordinaria en 2026?

Con el salario mínimo de 2026 ($1.750.905) y la jornada de 42 horas semanales vigente desde el 15 de julio de 2026, la hora ordinaria vale $8.338. Sale de dividir el salario entre 210, que es el divisor que corresponde a esa jornada (42 ÷ 6 × 30 = 210).

Entre enero y el 14 de julio de 2026 la jornada era de 44 horas, el divisor era 220 y la hora valía $7.959. Si el trabajador gana más del mínimo, se divide su salario mensual entre el mismo divisor. El auxilio de transporte nunca entra en esa división.

¿Cuánto vale la hora extra diurna y la nocturna en 2026?

La hora extra diurna se paga con un recargo del 25 % y la nocturna con un 75 %, según el artículo 168 del Código Sustantivo del Trabajo. Sobre el salario mínimo, con la jornada de 42 horas, quedan así:

ConceptoFactorValor con salario mínimo
Hora ordinaria1,00$8.338
Hora extra diurna1,25$10.422
Hora extra nocturna1,75$14.591
Recargo nocturno0,35$2.918
Recargo dominical o festivo0,90$7.504
¿Desde qué hora empieza el recargo nocturno?

Desde las 7:00 p.m. y hasta las 6:00 a.m. La Ley 2466 de 2025 adelantó ese límite, que antes eran las 9:00 p.m., y el cambio entró en vigencia el 25 de diciembre de 2025. El recargo es del 35 % sobre la hora ordinaria.

La calculadora aplica el límite que corresponda a la fecha que usted seleccione, así que sirve también para revisar liquidaciones de periodos anteriores.

¿Cuál es la diferencia entre hora extra y recargo nocturno?

La hora extra es tiempo trabajado por encima de la jornada pactada. Como está por fuera de lo que cubre el salario, se paga completa más su recargo.

El recargo nocturno es un adicional por trabajar de noche dentro de la jornada normal. Esas horas ya están pagadas por el salario mensual, así que solo se suma el 35 % adicional. Un trabajador puede tener recargo nocturno todo el mes sin una sola hora extra, si nunca superó su jornada semanal.

¿Quién tiene derecho al auxilio de transporte?

Todo trabajador que devengue hasta 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes (2 SMMLV). En 2026, ese tope es de $3.501.810. El auxilio no hace parte del salario para efectos de aportes a salud y pensión, pero sí se suma al total devengado y sí entra en la base de prestaciones sociales como las cesantías.

En esta calculadora, la casilla de auxilio de transporte se marca automáticamente al ingresar el salario, el mes, el año o el periodo. Si necesita un caso especial —por ejemplo, un pacto colectivo que lo otorgue por encima de 2 SMMLV— puede marcarla o desmarcarla manualmente; ese ajuste se conserva hasta que vuelva a cambiar alguno de esos cuatro campos.

¿Cuántas horas extra permite la ley al día y a la semana?

Máximo 2 horas extra al día y 12 a la semana, según el artículo 167A del Código Sustantivo del Trabajo. Cuando la jornada diaria se amplía a 10 horas por acuerdo entre las partes, ese día no se pueden trabajar horas extra.

Las horas extra constituyen salario y entran en la base para liquidar prestaciones sociales.

¿En cuánto quedó el recargo dominical y festivo?

El artículo 14 de la Ley 2466 de 2025 lo sube por etapas: 80 % hasta el 30 de junio de 2026, 90 % desde el 1 de julio de 2026 y 100 % desde el 1 de julio de 2027. La calculadora aplica el porcentaje que corresponda a la fecha seleccionada.

¿Por qué la calculadora acumula las horas por semana y no por día?

Porque asume que existe un acuerdo escrito de jornada flexible (artículo 161, literal c, del CST), que permite distribuir la jornada semanal en turnos de hasta 10 horas diarias sin generar hora extra, siempre que la semana no supere el tope legal. En turnos rotativos la jornada diaria cambia de un día a otro, y un turno de 10 horas no genera hora extra bajo ese acuerdo si esa semana el trabajador no llegó al tope.

Si su empresa no tiene ese acuerdo por escrito, el tope legal por defecto es de 8 horas diarias, y cualquier hora que lo supere en un mismo día debe liquidarse como extra así la semana no llegue al tope semanal. Si ese es su caso, o si maneja salario integral o varios centros de costo, en ASST podemos revisar la liquidación completa y dejarla lista frente a una inspección del Ministerio del Trabajo.

¿Prefiere que nosotros liquidemos su nómina?

Si su empresa maneja turnos rotativos, salario integral o varios centros de costo, nuestro equipo puede encargarse de la liquidación completa y de la auditoría frente al Ministerio del Trabajo.

Solicitar asesoría → WhatsApp directo

Sin compromiso. Respuesta en menos de 24 horas.

Loading